[21001] Las novedades reales tras la creación de la Organización Mundial del Comercio [21002] La idea de crear una OrganizaciÓn Mundial del Comercio [21003] La idea de incluir un Acuerdo estableciendo una Organización Internacional de Comercio (en adelante, OMC) [21004] en los acuerdos de la Ronda Uruguay fue formulada poco después de empezar la Ronda por Renato Ruggiero, entonces ministro de Comercio italiano. [21005] Andando el tiempo, los caprichos del destino han hecho que Renato Ruggiero sea actualmente el director general de la organización que él mismo propuso crear. [21006] Paradojas de la vida, mientras Renato Ruggiero empezaba a saborear un guiso que se había estado cocinando durante varios años, el candidato que había tenido más posibilidades de dirigir la OMC, Carlos Salinas de Gortari, empezaba una huelga de hambre como protesta ante las acusaciones que le relacionaban con el asesinato del candidato del PRI en las últimas elecciones mexicanas. [21007] La idea de Renato Ruggiero fue convertida en una propuesta formal por Canadá en abril de 1990 [21008] y posteriormente recogida por la Comisión de las Comunidades Europeas (en adelante, la CE o la Comunidad) a principios de 1991. [21009] La Comisión se convirtió a partir de entonces en abanderada de los partidarios de crear un marco institucional nuevo, lo cual tuvo su reflejo en el Documento Dunkel, que ya preveía la constitución de una "Organización Multilateral del Comercio" . [21011] Además, en el Documento Dunkel la organización se denominaba "Organización Multilateral del Comercio", en lugar de "Organización Mundial del Comercio". [21012] A última hora, se adoptó el nuevo nombre a solicitud de la Administración de EEUU, la cual pretendía así desmarcarse del debate multilateralismo-unilateralismo que tanto daño podría hacer a la famosa Sección 301 de la Ley Arancelaria de 1974. [21013] Objetivos de la OMC [21014] Los objetivos de la OMC están enumerados de manera muy genérica y un tanto confusa en el preámbulo, el cual está copiado en buena parte del preámbulo del GATT de 1947. [21015] El objetivo fundamental parece ser el de contribuir a "elevar los niveles de vida, a lograr el pleno empleo y un volumen considerable y en constante aumento de ingresos reales y demanda efectiva y a acrecentar la producción y el comercio de bienes y servicios". [21016] Es de destacar la inclusión de la referencia a la producción y el comercio de servicios, al constituir una de las novedades de la Ronda Uruguay. [21017] El resto está copiado del preámbulo del GATT de 1947. [21018] El objetivo anterior debe permitir "al mismo tiempo la utilización óptima de los recursos mundiales de conformidad con el objetivo de un desarrollo sostenible y procurando proteger y preservar el medio ambiente e incrementar los medios para hacerlo, de manera compatible con sus respectivas necesidades e intereses según los diferentes niveles de desarrollo económico". [21019] La voluntad de alcanzar un desarrollo sostenible y la preservación del medio ambiente son ciertamente dos objetivos novedosos, y su mención en el preámbulo puede constituir dos importantes puntos de referencia a la hora de establecer las competencias implícitas de la Organización. [21021] La preocupación del trato diferenciado a los países en vías de desarrollo ha sido una constante desde la aprobación de la Parte IV del GATT de 1947 en 1966, si bien a menudo los esfuerzos realizados en este sentido han encontrado tan sólo expresión a nivel retórico. [21022] El cuarto objetivo, que tiene un carácter instrumental respecto de los tres anteriores, consiste en "desarrollar un sistema multilateral de comercio integrado, más viable y duradero, que abarque el Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio, los resultados de anteriores esfuerzos de liberalización del comercio y los resultados integrales de las Negociaciones Comerciales Multilaterales de la Ronda Uruguay". [21023] A diferencia del tradicional régimen de "GATT a la carta", el nuevo sistema aspira a tener un carácter integrado, como lo demuestra el hecho de que para ser miembro inicial se requiera ser parte contratante del GATT 1947, del Acuerdo de la OMC y de todos los Acuerdos Comerciales Multilaterales (art. XI del Acuerdo OMC). [21024] Una muestra adicional de la preocupación por la integridad del sistema puede encontrarse en el artículo XVI.5, el cual establece que no podrán formularse reservas respecto de ninguna disposición del Acuerdo de la OMC y que las reservas respecto de los Acuerdos Comerciales Multilaterales sólo podrán formularse en la medida prevista en los mismos. [21025] Se persigue con ello evitar una de las causas de la erosión del sistema GATT en las últimas décadas: la fragmentación de su régimen jurídico. [21026] Los anteriores objetivos se lograrán "mediante la celebración de acuerdos encaminados a obtener, sobre la base de la reciprocidad y de mutuas ventajas, la reducción sustancial de los aranceles aduaneros y de los demás obstáculos al comercio, así como la eliminación del trato discriminatorio en las relaciones comerciales internacionales", párrafo que también se ha extraído del preámbulo del GATT de 1947. [21027] Por último, el preámbulo habla de "preservar los principios fundamentales" que informan el sistema multilateral de comercio, a saber, los principios del GATT de 1994, cuyo análisis excedería con mucho el objeto del presente trabajo. [21028] Al margen de lo que prescribe el preámbulo del Acuerdo de la OMC, también es significativo lo que no dice. [21029] Su parquedad, y el hecho de que los objetivos enunciados coincidan en lo fundamental con los del GATT de 1947, ponen de manifiesto que la intención de las partes es constituir una organización internacional sin grandes ambiciones a corto plazo, limitada a jugar el papel de mero soporte institucional del sistema GATT. [21031] Ámbito de aplicación [21032] Según el artículo II del Acuerdo, "la OMC constituirá el marco institucional común para el desarrollo de las relaciones comerciales entre sus miembros en los asuntos relacionados con los acuerdos e instrumentos jurídicos conexos incluidos en los anexos del presente Acuerdo". [21033] La lectura de los anexos revela la existencia de dos tipos de Acuerdos, sometidos a un régimen jurídico distinto: [21034] Acuerdos Comerciales Multilaterales (ACM) [21035] En los anexos 1, 2 y 3 se recogen los llamados "Acuerdos Comerciales Multi-laterales", los cuales forman parte integrante del Acuerdo constitutivo de la OMC y son vinculantes para todos sus miembros (art. II. 2 del Acuerdo OMC). [21036] En caso de conflicto entre una disposición del Acuerdo de la OMC y una disposición de cualquiera de los ACM, prevalecerá, en el grado en que haya conflicto, la disposición del Acuerdo de la OCM (art. XVI. 3). [21037] En concreto, los mencionados anexos comprenden los siguientes acuerdos: [21038] 1) Los Acuerdos Multilaterales sobre el Comercio de Mercancías (Anexo 1A): [21039] a) [21041] , el cual "es jurídicamente distinto del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de fecha 30 de Octubre de 1947, anexo al Acta Final adoptada al término del segundo período de sesiones de la Comisión Preparatoria de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Empleo, posteriormente rectificado, enmendado o modificado" (art. II.4 del Acuerdo OMC). [21042] b) El Acuerdo sobre la Agricultura. [21043] c) El Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias. [21044] d) El Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido. [21045] e) El Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio. [21046] f) El Acuerdo sobre las Medidas en materia de Inversiones relacionadas con el comercio. [21047] g) El Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (más conocido como Código Antidumping). [21048] h) El Acuerdo relativo a la Aplicación del artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994. [21049] i) El Acuerdo sobre Inspección Previa a la Expedición. [21051] k) El Acuerdo sobre Procedimientos para el Trámite de Licencias de Importación. [21052] l) El Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias. [21053] m) El Acuerdo sobre Salvaguardias. [21054] 2) El Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (Anexo 1B). [21055] 3) El Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (Anexo 1C). [21056] 4) El Entendimiento relativo a las normas y procedimientos por los que se rige la solución de diferencias (Anexo 2). [21057] 5) El Mecanismo de Examen de las Políticas Comerciales (Anexo 3). [21058] Acuerdos Comerciales Plurilaterales (ACP) [21059] El anexo 4 recoge los llamados Acuerdos Comerciales Plurilaterales, los cuales "también forman parte del presente Acuerdo para los miembros que los hayan aceptado, y son vinculantes para éstos. [21061] En concreto, el anexo 4 incluye el Acuerdo sobre el Comercio de Aeronaves Civiles, el Acuerdo sobre Contratación Pública, el Acuerdo Internacional de los Productos Lácteos y el Acuerdo Internacional de la Carne de Bovino. [21062] Puede observarse, pues, que a pesar del objetivo de "desarrollar un sistema multilateral de comercio integrado" declarado en el Preámbulo del Acuerdo de la OMC, una cierta fragmentación ha sido inevitable. [21063] Así, las cuatro materias incluidas en el Anexo 4 (aeronaves civiles, compras del sector público, productos lácteos y carne de bovino) quedan cubiertas por la Organización, pero tendrán un régimen jurídico específico que sólo se aplicará a los miembros que los hayan aceptado. [21064] Se ha indicado que los Acuerdos Comerciales Plurilaterales "son el apéndice residual de una organización que nace con vocación universal, pero que admite la circunstancia de que en determinados sectores económicos pueden ser necesarias disciplinas específicas y que éstas solo se apliquen entre aquéllos que así lo deciden [21065] ". [21066] Por lo demás, el Artículo XIII del Acuerdo constitutivo de la OMC añade otra fuente potencial de fragmentación, al permitir la no aplicación de los Acuerdos Comerciales Multilaterales entre miembros cuando concurran las circunstancias previstas en dicho artículo (Ver Art. XIII del acuerdo OMC). [21067] Por último, hay que destacar que tanto los Acuerdos Comerciales Multilaterales como los Acuerdos Comerciales Plurilaterales constituyen lex specialis respecto del GATT 1994, de modo que en caso de conflicto las disposiciones de los primeros prevalecerán sobre el segundo. [21068] Así lo dice la "Nota Interpretativa General al Anexo 1A" respecto de los Acuerdos Multilaterales [21069] , aunque es extensible a los Acuerdos Plurilaterales. [21071] El Acuerdo constitutivo de la OMC le atribuye básicamente cuatro tipo de funciones, que pueden clasificarse del siguiente modo: [21072] 1) [21073] Servir de estructura institucional permanente de los Acuerdos del sistema GATT: así, "la OMC facilitará la aplicación, administración y funcionamiento del presente Acuerdo y de los Acuerdos Comerciales Multilaterales y favorecerá la consecución de sus objetivos, y constituirá también el marco para la aplicación, administración y funcionamiento de los Acuerdos Comerciales Plurilaterales" (art. III. 1). [21074] 2) [21075] Servir de foro permanente de negociaciones entre sus miembros: la existencia de una estructura institucional permanente facilitará sin duda las negociaciones entre los miembros, las cuales adquirirán un carácter más institucionalizado que en el pasado (art. III. 2). [21076] 3) [21077] Administrar el Entendimiento sobre Solución de Diferencias y el Mecanismo de Examen de las Políticas Comerciales (Art. [21078] III 3 y 4): la OMC tomará del GATT una de las funciones más características y originales de la Organización, la de resolver las diferencias que surjan en relación a la aplicación e interpretación de los Acuerdos cubiertos por la OMC. [21079] Además, se le ha encomendado también la administración del llamado "Mecanismo de Examen de las Políticas Comerciales", el cual se puso en marcha en la "Reunión a Medio Camino" para mejorar la transparencia de las políticas comerciales de los Miembros. [21081] Cooperar con otras organizaciones internacionales en el marco establecido por los objetivos del Acuerdo: el artículo III.5 del Acuerdo de la OMC establece que "con el fin de lograr una mayor coherencia en la formulación de las políticas económicas a escala mundial, la OMC cooperará, según proceda, con el Fondo Monetario Internacional y con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y sus organismos conexos". [21082] Esta disposición hay que ponerla en relación con el artículo V, el cual prevé la celebración de acuerdos de cooperación con otras organizaciones internacionales y la celebración de consultas y la cooperación con organizaciones no gubernamentales. [21083] A pesar de que el artículo III.5 parece estar pensado fundamentalmente para la cooperación en materia económica, hay que entender que también es función de la OMC establecer los mecanismos de cooperación oportunos para lograr una mayor coherencia en la formulación a escala mundial de políticas relativas a cualesquiera de los objetivos de la Organización. [21084] En este sentido, ya se ha destacado la inclusión, por vez primera, de la protección del medio ambiente como uno de los objetivos del sistema GATT. [21085] El establecimiento de relaciones formales de cooperación con otras organizaciones gubernamentales o no gubernamentales viene ciertamente facilitado por la atribución de personalidad jurídica a la Organización (art. VIII. 1). [21086] Es de destacar que tradicionalmente el GATT ha sido tratado de facto como una agencia especializada en sus relaciones con las Naciones Unidas, tratamiento que tiene su origen en un intercambio de cartas realizado en agosto de 1952 entre el secretario general de las Naciones Unidas y el entonces secretario ejecutivo del GATT. [21087] No obstante, su falta de personalidad jurídica ha mermado en gran medida su capacidad de actuación en las Relaciones Internacionales, cuestión que ha quedado resuelta por el Acuerdo de la OMC. [21088] Miembros [21089] El Acuerdo constitutivo de la OMC hace una distinción entre miembros iniciales (art. XI) y miembros adheridos (art. XII). [21091] Miembros iniciales [21092] De acuerdo con el artículo XI. 1, para ser Miembro inicial de la OMC se requieren cuatro condiciones: ser parte contratante del GATT de 1947 en la fecha de entrada en vigor del Acuerdo constitutivo de la OMC (excepto las Comunidades Europeas); aceptar el Acuerdo constitutivo de la OMC y los Acuerdos Comerciales Multilaterales; formular Listas de Concesiones y Compromisos al GATT de 1994; y formular Listas de Compromisos Específicos al Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (más conocido como "GATS") (art. XI. 2). [21093] En el momento de su entrada en vigor, el día uno de enero de 1995, la OMC contaba con 81 miembros iniciales, los cuales habían cumplido con las cuatro condiciones anteriores . [21094] Además, se estaban verificando las Listas de nueve candidatos [21095] , mientras que otros 38 estaban pendientes de satisfacer los requisitos establecidos por su derecho interno para ratificar el Acuerdo de la OMC . [21096] El Acuerdo está abierto a la aceptación, mediante firma o formalidad de otra clase, respecto de los candidatos que reúnan las condiciones requeridas para ser miembro inicial, durante un período de dos años a partir de la entrada en vigor del Acuerdo (art. XIV. 1), esto es, a partir del uno de enero de 1995. [21097] Toda aceptación posterior a la entrada en vigor del Acuerdo surtirá efecto el día siguiente a la fecha de la aceptación. [21098] Miembros adheridos [21099] El Acuerdo de la OMC es un tratado multilateral de carácter general y abierto. [21101] Para adquirir la condición de miembro a través del procedimiento de adhesión han de reunirse fundamentalmente tres condiciones: ser un Estado o territorio aduanero distinto que disfrute de plena autonomía en la conducción de sus relaciones comerciales exteriores y en las demás cuestiones tratadas en el Acuerdo de la OMC y los Acuerdos Comerciales Multilaterales (art. XII. 1); adherirse tanto al Acuerdo de la OMC como a todos los Acuerdos Comerciales Multilaterales [21102] ; y formular Listas de Concesiones y Compromisos al GATT de 1994 y al GATS "en condiciones que habrá de convenir con la OMC". [21103] Las decisiones en materia de adhesión corresponden a la Conferencia Ministerial, que aprobará el acuerdo sobre las condiciones de adhesión por mayoría de dos tercios de los miembros de la OMC (art. XII. 2). [21104] Respecto de la adhesión a los Acuerdos Comerciales Plurilaterales, habrá que atenerse a las disposiciones específicas de cada Acuerdo (art. XII. 3). [21105] Estructura orgánica [21106] La estructura orgánica de la OMC reproduce en buena medida la estructura de la que se había dotado el GATT a lo largo de los años. [21107] Para una mayor claridad expositiva, se examinarán de manera separada los órganos principales y los órganos subsidiarios. [21108] Órganos principales [21109] La Conferencia Ministerial: es el órgano deliberante de carácter plenario de la organización. [21111] Tiene competencia general para adoptar decisiones sobre todos los asuntos comprendidos en el ámbito de los acuerdos cubiertos por la OMC (art. IV. 1), así como para decidir sobre la adhesión de nuevos miembros (art. XII. 2), eximir a un miembro de una obligación impuesta por el Acuerdo de la OMC o por cualquiera de los Acuerdos Comerciales Multilaterales (art. IX. 3), adoptar interpretaciones del Acuerdo de la OMC y de los Acuerdos Comerciales Multilaterales (art. IX. 2) y acordar las líneas fundamentales de la actuación de la Organización y de los demás órganos. [21112] El Consejo General: en contra de lo que su nombre pudiera dar a entender, el Consejo General no es propiamente un órgano ejecutivo, sino simplemente un alter ego de la Conferencia Ministerial que desempeñará las funciones de aquélla en los intervalos entre sus reuniones. [21113] Al igual que la Conferencia Ministerial, estará compuesto por representantes de todos los Miembros (art. IV. 2). [21114] Además de las funciones propias de la Conferencia Ministerial, el Consejo General cumplirá también las funciones específicas que se le atribuyan en los diversos acuerdos. [21115] A modo de ejemplo, le corresponden las siguientes funciones: [21116] a) establecer sus normas de procedimiento y las de los órganos subsidiarios; [21117] b) reunirse según proceda para desempeñar las funciones del Órgano de Solución de Diferencias establecido en el Entendimiento sobre Solución de Diferencias; [21118] c) reunirse según proceda para desempeñar las funciones del Órgano de Examen de las Políticas Comerciales establecido en el MEPC y [21119] d) aprobar el proyecto de presupuesto anual, a propuesta del Director General y tras oír al Comité de Asuntos Presupuestarios, Financieros y Administrativos (art. VII. 1 y 3). [21121] De hecho, está previsto que el Órgano de Solución de Diferencias y el Órgano de Examen de las Políticas Comerciales puedan tener sus propios presidentes y establecer las normas de procedimiento que consideren necesarias para el ejercicio de sus funciones (arts. IV.3 y 4). [21122] La Secretaría: es el órgano administrativo de la OMC, encargado de las funciones burocráticas por medio de los funcionarios de la Organización, las cuales serán determinadas por la Conferencia Ministerial. [21123] Estará dirigida por un director general, cuyo mandato, facultades, deberes y condiciones de servicio dependerán de lo que establezca el reglamento que apruebe la Conferencia Ministerial (arts. VI. 1 y 2). [21124] El director general nombrará al personal de la Secretaría y determinará sus deberes y condiciones de servicio de conformidad con los reglamentos que adopte la Conferencia Ministerial (art. VI. 3). [21125] Al margen de la función general de dirigir la Secretaría, corresponde al director general presentar el proyecto de presupuesto y el estado financiero anuales de la OMC (art. VII. 1), así como importantes funciones en el marco del procedimiento de solución de diferencias de la Organización, como por ejemplo, ofrecer sus buenos oficios, la conciliación y la mediación [21126] , establecer la composición de los grupos especiales en caso de desacuerdo entre las partes en una diferencia [21127] y el nombramiento de árbitros en determinados supuestos . [21128] Al igual que en todas las organizaciones internacionales, las funciones del director general y del personal de la Secretaría serán de carácter exclusivamente internacional, por lo que deberán actuar con total independencia (art. VI.4). [21129] Una muestra más de la continuidad entre el GATT como Organización Internacional y la OMC puede encontrarse en el artículo XVI. 2 del Acuerdo de la OMC, el cual establece que "en la medida en que sea factible, la Secretaría del GATT de 1947 pasará a ser la Secretaría de la OMC y el director general de las Partes Contratantes del GATT de 1947 actuará como director general de la OMC hasta que la Conferencia Ministerial nombre un director general de conformidad con lo previsto en el párrafo 2 del artículo VI del presente Acuerdo". [21131] Finalmente, el día 24 de marzo de 1995 fue elegido director general de la OMC Renato Ruggieri . [21132] Órganos subsidiarios [21133] Órganos subsidiarios previstos en el Acuerdo de la OMC: el Acuerdo prevé el establecimiento de un Consejo del Comercio de Mercancías, un Consejo del Comercio de Servicios y un Consejo de los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio, los cuales "funcionarán bajo la orientación general del Consejo General" (art. IV.5). [21134] Sus funciones consistirán, respectivamente, en supervisar el funcionamiento de los Acuerdos Comerciales Multilaterales del Anexo 1.A, del GATS y del Acuerdo sobre los Aspectos de los derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio. [21135] Desempeñarán las funciones concretas que les atribuyan los mencionados acuerdos y las que les asigne el Consejo General. [21136] Establecerán sus respectivas normas de procedimiento, a reserva de aprobación por el Consejo General. [21137] Estos Consejos se reunirán según sea necesario para el desempeño de sus funciones, pudiendo formar parte de los mismos representantes de todos los miembros (art. IV.5). [21138] Los presidentes de los Consejos fueron elegidos en la primera reunión celebrada por el Consejo General el día 31 de enero de 1995 . [21139] La calificación de estos tres Consejos como "órganos subsidiarios" podría discutirse en base al hecho de que están previstos en el instrumento constitutivo de la Organización. [21141] Otros órganos subsidiarios: uno de los aspectos que ha caracterizado históricamente al GATT es la gran profusión con que se han creado órganos subsidiarios de todo tipo, como por ejemplo, Comités permanentes (de Comercio y Desarrollo, de Restricciones a la Importación, etc.), Comités especiales (de Agricultura, de Productos Lácteos, etc.) o Grupos de trabajo. [21142] La OMC parece dispuesta a seguir en la misma línea, ya que su instrumento constitutivo prevé que tanto la Conferencia Ministerial como los Consejos puedan establecer los órganos subsidiarios que sean necesarios (art. IV.6). [21143] En concreto, el Acuerdo de la OMC prevé que la Conferencia Ministerial establezca un Comité de Comercio y Desarrollo, un Comité de Restricciones por Balanza de Pagos y un Comité de Asuntos Presupuestarios, Financieros y Administrativos, los cuales "desempeñarán las funciones a ellos atribuidas en el presente Acuerdo y en los Acuerdos Comerciales Multilaterales, así como las funciones adicionales que les atribuya el Consejo General...". [21144] Podrán formar parte de estos Comités representantes de todos los miembros (art. IV.7). [21145] Respecto del Comité de Comercio y Desarrollo, el Acuerdo de la OMC adelanta algunas de sus funciones, al establecer que "examinará periódicamente, como parte de sus funciones, las disposiciones especiales en favor de los países miembros menos adelantados, contenidas en los Acuerdos Comerciales Multilaterales y presentará informe al Consejo General para la adopción de disposiciones apropiadas" (art. IV.7). [21146] El Acuerdo incluye también una amplia cláusula habilitando a la Conferencia Ministerial para que pueda establecer Comités adicionales con las funciones que estime apropiadas . [21147] A pesar de que no se diga expresamente, una interpretación contextual del Acuerdo de la OMC obliga a entender que podrán formar parte de estos Comités adicionales representantes de todos los miembros. [21148] Por último, el Acuerdo de la OMC prevé que "los órganos establecidos en virtud de los Acuerdos Comerciales Plurilaterales desempeñarán las funciones a ellos atribuidas en virtud de dichos Acuerdos y funcionarán dentro del marco institucional de la OMC. [21149] Dichos órganos informarán regularmente al Consejo General sobre sus respectivas actividades" (art. IV.8). [21151] Procedimiento de decisión [21152] Principio general: la adopción de decisiones por consenso [21153] Una de las notas que han caracterizado históricamente al GATT como institución es la práctica de intentar llegar siempre a una decisión consensuada. [21154] Tradicionalmente, las decisiones se han adoptado sin recurrir a la formalidad de la votación . [21155] La adopción de decisiones por consenso será también el principio general en la OMC. [21156] Así lo establece el artículo IX.1 de su instrumento constitutivo, según el cual "la OMC mantendrá la práctica de adopción de decisiones por consenso seguida en el marco del GATT de 1947". [21157] Se entenderá que "el órgano de que se trate ha adoptado una decisión por consenso sobre un asunto sometido a su consideración si ningún miembro presente en la reunión en que se adopte la decisión se opone formalmente a ella" (art. IX. 1). [21158] El aparente principio general de carácter subsidiario: la adopción de decisiones por mayoría simple: en el supuesto de que no sea posible llegar a una decisión por consenso, la cuestión objeto de examen se decidirá mediante votación. [21159] A diferencia de sus "organizaciones hermanas", el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional, cuyos instrumentos constitutivos prevén un sistema de voto ponderado, el Acuerdo de la OMC atribuye un voto a cada miembro, a excepción de las Comunidades Europeas, que tendrán un número de votos igual al número de sus Estados que sean miembros de la OMC . [21161] que las cartas constitutivas del Banco Mundial y el FMI. [21162] De acuerdo con la última frase del artículo IX.1, el principio general es el de adopción de decisiones por mayoría simple: "las decisiones de la Conferencia Ministerial y del Consejo General se adoptarán por mayoría de los votos emitidos, salvo que se disponga lo contrario en el presente Acuerdo o en el Acuerdo Comercial Multilateral correspondiente". [21163] No obstante, lo que en apariencia es un principio general, en la práctica tiene un carácter residual, ya que para todas las materias importantes se requieren mayorías cualificadas, quedando la regla de la mayoría simple para cuestiones procedimentales y de importancia menor. [21164] El verdadero principio general de carácter subsidiario: la adopción de decisiones por mayoría cualificada: lógicamente, el precio que los miembros desarrollados hicieron pagar por aceptar el principio de "un miembro, un voto" fue el establecimiento de un complejo sistema de mayorías cualificadas que entran en juego cuando se trata de adoptar una decisión en relación a una materia "importante". [21165] De este modo, se aseguraron que los países miembros en vías de desarrollo, que constituyen una gran mayoría, no puedan adoptar ninguna decisión respecto de estas materias contra su voluntad. [21166] A pesar de que la regulación es tan casuística que se resiste a cualquier intento de sistematización, a continuación se expone una clasificación orientativa de las mayorías requeridas para aprobar decisiones en relación a diferentes materias: [21167] - Adopción de interpretaciones del Acuerdo de la OMC y de los Acuerdos Comerciales Multilaterales: la decisión de adoptar una interpretación se tomará por mayoría de tres cuartos de los miembros, siendo facultad exclusiva de la Conferencia Ministerial y del Consejo General (art. IX.2). [21168] - Adopción de decisiones eximiendo a un miembro de una obligación impuesta por el Acuerdo de la OMC o por cualquiera de los Acuerdos Comerciales Multilaterales (conocidas en el argot del GATT como waivers ) requerirán una mayoría de tres cuartos de los miembros, siendo competencia de la Conferencia Ministerial (art. IX.3). [21169] - Adopción del reglamento financiero de la Organización y del proyecto de presupuesto anual: requerirá una mayoría de dos tercios que comprenda más de la mitad de los miembros de la OMC, siendo competencia del Consejo General (art. VII.3). [21171] - Iniciativa: [21172] Corresponde a todos los miembros de la OMC. [21173] Respecto de los Acuerdos recogidos en el Anexo 1 del Acuerdo de la OMC, también podrán proponer enmiendas los Consejos que los supervisen. [21174] - Procedimiento: Enmiendas al Acuerdo de la OMC y a los ACM del Anexo 1: [21175] a) [21176] Posibilidad de filtro previo: Una vez presentada formalmente una propuesta de enmienda, durante un período de 90 días (salvo que la Conferencia Ministerial establezca un plazo superior), toda decisión de la Conferencia Ministerial de someter a la aceptación de los Miembros la enmienda propuesta se adoptará por consenso. [21177] Si se llega a un consenso, la Conferencia Ministerial someterá de inmediato a la aceptación de los Miembros la enmienda propuesta. [21178] Si no se llega a un consenso, la Conferencia Ministerial decidirá por mayoría de dos tercios de los miembros si someterá o no a la aceptación de los miembros la enmienda propuesta. [21179] b) [21181] En resumen, las enmiendas relativas al procedimiento de adopción de decisiones, al procedimiento de adopción de enmiendas y a la cláusula de nación más favorecida sólo pueden ser aprobadas si hay unanimidad. [21182] Las enmiendas de los artículos del Acuerdo de la OMC, de los Acuerdos Comerciales Multilaterales del Anexo 1.A y del Acuerdo sobre los ADPIC (a reserva de lo dispuesto en el párrafo (iv) no comprendidas en el párrafo (i), que por su naturaleza puedan alterar los derechos y obligaciones de los miembros (art. X.3) y las enmiendas de las Partes I, II (excepto el artículo II.1, el cual se refiere al trato de nación más favorecida) y III del GATS y de los correspondientes anexos (art. X.5) surtirán efecto para los miembros que las hayan aceptado tras su aceptación por dos tercios de los miembros y, después, para cada uno de los demás miembros, tras su aceptación por dicho miembro. [21183] No queda claro en qué situación quedan los miembros que no hayan aceptado la enmienda. [21184] Según el último párrafo del artículo X.3, "la Conferencia Ministerial podrá decidir, por mayoría de tres cuartos de los miembros, que una enmienda hecha efectiva en virtud del presente párrafo es de tal naturaleza que todo miembro que no la haya aceptado dentro del plazo fijado en cada caso por la Conferencia Ministerial podrá retirarse de la OMC o seguir siendo miembro con el consentimiento de la Conferencia Ministerial. [21185] Si se permite al miembro que lo siga siendo a pesar de no aceptar la enmienda, se introduce un riesgo de fragmentación del régimen jurídico de los Acuerdos. [21186] Por el contrario, si la decisión es que el miembro de que se trate "podrá retirarse de la OMC", quizás sea políticamente difícil para el miembro en cuestión mantenerse en la misma. [21187] Las enmiendas de los artículos del Acuerdo de la OMC, de los Acuerdos Comerciales Multilaterales del Anexo 1A y del Acuerdo sobre los ADPIC (a reserva de lo dispuesto en el párrafo (iv)) no comprendidas en el párrafo (i), que por su naturaleza no puedan alterar los derechos y obligaciones de los miembros (art. X.4), y las enmiendas de las Partes IV, V y VI del GATS y de los correspondientes Anexos surtirán efecto para todos los miembros tras su aceptación por dos tercios de éstos (art. X.5). [21188] Las enmiendas del Acuerdo sobre los ADPIC que sirvan meramente para ajustarse a niveles más elevados de protección de los derechos de propiedad intelectual alcanzados y vigentes en otros acuerdos multilaterales, y que hayan sido aceptadas en el marco de esos acuerdos por todos los miembros de la OMC, podrán ser adoptadas por la Conferencia Ministerial sin otro proceso de aceptación formal . [21189] Enmiendas de los Anexos 2 (Entendimiento sobre Solución de Diferencias) y 3 (Mecanismo de Examen de las Políticas Comerciales) de los ACM: a diferencia de las enmiendas examinadas en el apartado anterior, no existe posibilidad de filtro previo. [21191] La decisión de aprobar una enmienda al Mecanismo de Examen de las Políticas Comerciales surtirá efecto para todos los miembros tras su aprobación por la Conferencia Ministerial (art. X.8). [21192] Adición o supresión de acuerdos comerciales a la lista de Acuerdos Comerciales Plurilaterales recogida en el Anexo 4: la Conferencia Ministerial, a petición de los miembros partes en un acuerdo comercial, podrá decidir, exclusivamente por consenso, que se incorpore dicho acuerdo a la lista de ACP recogida en el Anexo 4. [21193] Del mismo modo, podrá decidir que se suprima ese Acuerdo del Anexo 4 (art. X.9). [21194] Adopción de enmiendas a cualquiera de los ACP: se regirán por las disposiciones específicas de cada Acuerdo (art. X.10). [21195] El ocaso de la cláusula del abuelo [21196] Casi escondida en las últimas líneas del texto del Acuerdo de la OMC, en medio del último artículo, titulado "Disposiciones varias" (artículo XVI), que viene a ser una especie de cajón de sastre que recoge seis apartados un tanto inconexos, se encuentra la llamada regla de conformidad de la legislación nacional. [21197] Esta regla es "quizás una de las disposiciones más importantes de todo el cúmulo de obligaciones que comporta ser miembro de la OMC" . [21198] Hay que tener en cuenta que el GATT de 1947 empezó a aplicarse entre los 23 Estados parte mediante un Protocolo de Aplicación Provisional . [21199] Este Protocolo, así como los Protocolos de Accesión de los países que accedieron al GATT posteriormente, contenían una grandfather clause ("cláusula del abuelo"), en virtud de la cual los Estados parte se comprometían a aplicar la Parte II del GATT (nada menos que los Artículos III a XXIII) "en todo lo que sea compatible con su legislación en vigor" en la fecha del protocolo respectivo . [21201] La llamada "cláusula del abuelo" benefició de manera muy especial a países con una legislación en materia de comercio internacional relativamente moderna en el momento de la entrada en vigor del GATT de 1947, como los Estados Unidos, ya que dicha cláusula dejaba a salvo numerosas disposiciones de las leyes comerciales estadounidenses que de otro modo hubieran sido incompatibles con el GATT. [21202] Por el contrario, la Comunidad Europea no pudo beneficiarse de la "cláusula del abuelo", ya que nunca accedió formalmente al GATT de 1947 y, por tanto, no existe para la Comunidad ningún protocolo de accesión que recoja dicha cláusula . [21203] Ello explica que durante la Ronda Uruguay la Comunidad fuera el principal valedor - y los Estados Unidos, el principal oponente- de la eliminación de la "cláusula del abuelo" y de la introducción de la llamada "cláusula de conformidad de la legislación nacional". [21204] Se ha dicho que la aceptación de esta cláusula por parte de los Estados Unidos es la mayor concesión realizada por la Administración norteamericana durante la Ronda Uruguay . [21205] Por lo demás, la efectividad de esta cláusula se verá favorecida por las numerosas obligaciones de notificación incluidas en los textos de los diversos acuerdos y por el establecimiento del Mecanismo de Examen de las Políticas Comerciales. [21206] Todo ello debería asegurar una mayor transparencia y, por tanto, una supervisión más eficaz. [21207] Consideraciones finales [21208] Qué tiene de nuevo y de viejo la nueva Organización Mundial del Comercio? [21209] Uno de los resultados considerados como más sorprendentes de la Ronda Uruguay por los primeros analistas que han estudiado los acuerdos ha sido la aprobación del Acuerdo de la OMC. [21211] No obstante, en un sistema como el GATT, caracterizado por el pragmatismo y la búsqueda de soluciones imaginativas sobre la marcha a problemas nuevos, ello constituye una sorpresa relativa. [21212] Por lo demás, no debería darse excesiva importancia al hecho de que la creación de la OMC no figurara como uno de los objetivos explícitos de la Ronda, ya que, como se argumentará más adelante, puede considerase uno de los objetivos implícitos de la misma. [21213] Se ha dicho también que la creación de la OMC ha sido un resultado inesperado. [21214] En palabras de un autor, "de hecho, el logro tal vez más notable, y sin duda el más inesperado, ha sido la incorporación en el Acta Final de un acuerdo para crear un organismo para la administración y regulación de la normativa comercial: la Organización Mundial del Comercio (OMC)" . [21215] En efecto, el fracaso de la Organización Internacional del Comercio en 1948, debido en buena medida a la negativa a aprobar su Carta constitutiva por parte del Congreso de los EEUU, arrojaba ciertas dudas acerca de si los Estados Unidos aceptarían someter el comercio internacional a un marco institucional más formalizado. [21216] En rigor, la idea de crear un marco institucional reforzado y estable para administrar los acuerdos de la Ronda Uruguay es menos inesperada de lo que a primera vista pudiera parecer. [21217] De hecho, la posibilidad de aprobar un instrumento constitutivo para el GATT, o para lo que ahora se llama Organización Mundial del Comercio, era un objetivo implícitamente recogido en la Declaración de Punta del Este y, lejos de ser un resultado sorprendente e inesperado, es casi una consecuencia lógica, al menos desde una perspectiva jurídica, del tenor literal de la Declaración de Punta del Este. [21218] De qué otro modo, si no, se hubiera llevado a cabo el "reforzamiento institucional" de que tanto habla la Declaración de Punta del Este? [21219] Además, la doctrina más autorizada venía defendiendo desde hacía mucho tiempo la necesidad de dotar al GATT de un soporte institucional estable. [21221] , considerada por la mayoría de analistas como la fuente intelectual de la creación de la OMC y la reforma del procedimiento de solución de diferencias . [21222] Lo que ciertamente resultaba menos previsible era que los EEUU, dieran su visto bueno a la creación de la OMC. [21223] Hay que tener en cuenta que "el proyecto no fue apoyado por Estados Unidos que veía con desconfianza la creación de una organización internacional que limitara los poderes soberanos del legislativo americano en materia de comercio internacional" . [21224] No obstante, la delegación norteamericana cedió a última hora al obtener contrapartidas en otros sectores, si bien hizo cambiar la palabra "multilateral" por la palabra "mundial", como se ha dicho, para intentar alejarse del debate multi-lateralismo- unilateralismo. [21225] Un sector de la doctrina coincide también a la hora de calificar la Organización Mundial del Comercio como una novedad y a buscar paralelismos entre la nueva Organización y la non nata Organización Internacional del Comercio prevista en la Carta de la Habana. [21226] No obstante, un análisis detallado del "Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial del Comercio" pone de manifiesto que lo único que ha hecho la Ronda Uruguay es convertir el GATT de Organización Internacional de facto en Organización Internacional de iure. [21227] Por más que los funcionarios de la Organización se apresuren a cambiar la placa con el nombre de la Organización en el Centro William Rappard, en Ginebra, y a pegar etiquetas adhesivas con el nuevo nombre a los sobres de correspondencia, en realidad, como ya se ha dicho, se ha producido simplemente un desdoblamiento funcional del GATT 1947, el cual era a la vez un tratado internacional y una organización internacional de facto, desdoblamiento que se ha materializado desde un punto de vista normativo en la aprobación del "GATT 1994" y, desde un punto de vista orgánico, en el "Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial del Comercio". [21228] En consecuencia, parece que la nueva Organización Mundial del Comercio tiene menos de nuevo de lo que los medios de comunicación y un sector de la doctrina han dado a entender. [21229] En definitiva, la OMC es ciertamente nueva en la medida en que lo es su instrumento constitutivo, ya que en pura técnica jurídica no existe organización internacional sin un instrumento constitutivo. [21231] No es de extrañar, pues, que el instrumento constitutivo de la OMC recoja lo que podríamos llamar acquis o acervo del GATT, al establecer su artículo XVI que "la OMC se regirá por las decisiones, procedimientos y práctica consuetudinaria de las Partes Contratantes del GATT de 1947 y los órganos establecidos en el marco del mismo". [21232] En definitiva, lo único que ha hecho dicho instrumento constitutivo es saldar una deuda histórica respecto del GATT como organización internacional y, en agradecimiento por los años de espera, dotarle de un nuevo nombre. [21233] Por tanto, parece que lo único nuevo es el reforzamiento institucional que ello ha supuesto. [21234] Por lo demás, una comparación del Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial del Comercio con la Carta de la Habana de 1948 pone de manifiesto que ambos textos tienen muy poco en común. [21235] La Carta de la Habana estaba llamada a ser el instrumento constitutivo de una ambiciosa organización internacional encargada de regular el orden comercial internacional de la postguerra, y que había de jugar un papel protagonista en la regulación de las relaciones económicas internacionales en pie de igualdad con el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional. [21236] En cambio, a pesar de lo que pudieran sugerir algunas lecturas maximalistas, el Acuerdo de la OMC es mucho menos ambicioso. [21237] De hecho no podía serlo, ya que el Congreso de los Estados Unidos difícilmente habría aprobado un instrumento parecido a la Carta de la Habana. [21238] El Acuerdo que establece la OMC tiene por objetivo simplemente dotar a lo que hasta ahora era el GATT de un soporte institucional de carácter permanente, sin perjuicio de que, a largo plazo y a través de un largo proceso de petits pas , pueda convertirse en una organización internacional más ambiciosa. [21239] Uno de los resultados de la Ronda Uruguay del GATT ha sido la aprobación del "Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial del Comercio", el cual fue ratificado por España el día 30 de diciembre de 1994. [21241] El texto del Acuerdo se publicó en el BOE Suplemento del No. 20 de 24 de enero de 1995, p. 1 ss. Ver un comentario en Alonso, J.A., "Del GATT a la OMC: la nueva ordenación del Comercio Internacional", en Meridiano Ceri , No. 2, marzo de 1995, p. 20- 23; Carderera Soler, L., "La Organización Mundial del Comercio", en Boletín ICE Económico , Número Extraordinario, 1994, p. 11- 22; Castillo Urrutia, J.A., "Del GATT a la OMC", en la misma revista, p. 5- 10. [21242] Ver Winham, Gilbert R., "GATT and the International Trade Regime", en International Journal , XLV, Otoño de 1990, p. 821. [21243] El Documento Dunkel es el nombre con que se designa el borrador de Acta Final de la Ronda Uruguay presentado por el anterior director general del GATT en diciembre de 1991 y que en buena medida sirvió de base para el acuerdo final. [21244] Ver el texto del Documento Dunkel en GATT, MTN.TNC/W/FA, Anexo IV, 20 de diciembre de 1991. [21245] Ver Anexo 1 A del Acuerdo. [21246] El GATT 1994 incluye entendimientos relativos a la interpretación de los artículos II, párrafo 1 b), XVII, las disposiciones en materia de balanza de pagos, XXIV, las disposiciones sobre exenciones, XXVIII; así como un Protocolo hecho en Marrakech el 15 de abril de 1994. [21247] El texto del GATT 1994 fue publicado en el BOE Suplemento del No. 20, de 24 de enero de 1995, p. 16 ss. [21248] 5. Ver Cardedera Soler, L., op. cit., p. 14. [21249] De acuerdo con esta Nota Interpretativa, "en caso de conflicto entre una disposición del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 y una disposición de otro Acuerdo incluido en el Anexo 1A del Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial del Comercio (denominado en los Acuerdos del Anexo 1A "Acuerdos sobre la OMC") prevalecerá, en el grado en que haya conflicto, la disposición del otro Acuerdo". [21251] Los miembros Iniciales son Alemania, Antigua y Barbuda, Argentina, Australia, Austria, Bahrein, Bangladesh, Barbados, Bélgica, Belize, Botswana, Brasil, Brunei, Canadá, Chile, Colombia, Corea, Costa de Marfil, Costa Rica, Darussalam, Dinamarca, Dominica, España, Estados Unidos, Filipinas, Finlandia, Francia, Gabón, Ghana, Grecia, Guayana, Honduras, Hong Kong, Hungría, Islandia, India, Indonesia, Irlanda, Italia, Japón, Kenya, Kuwait, Leshoto, Luxemburgo, Macao, Malawi, Malasia, Malta, Marruecos, Mauritania, Mauricio, Méjico, Myanmar, Namibia, Nueva Zelanda, Nigeria, Noruega, Países Bajos, Pakistán, Paraguay, Perú, Portugal, Reino Unido, República Checa, República Eslovaca, Rumania, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Senegal, Singapur, Sri Lanka, Sudáfrica, Suecia, Surinam, Swazilandia, Tailandia, Tanzania, Uganda, Unión Europea, Uruguay, Venezuela y Zambia. [21252] Ver "The World Trade Organization is Launched with 81 Members", en GATT- WTO News, 4 de Enero de 1995, p. 2. [21253] Chad, Granada, Guinea Bissau, Maldivas, Mali, Mozambique, Papúa Nueva Guinea, Qatar y República Centroafricana. [21254] Ver "The World Trade Organization is Launched with 81 Members", op. cit., p. 2. [21255] Angola, Benin, Bolivia, Burkina Fasso, Burundi, Camerún, Congo, Cuba, Chipre, Djibouti, Egipto, El Salvador, Emiratos Árabes Unidos, Eslovenia, Fiji, Gambia, Guatemala, Guinea, Haití, Islas Solomon, Israel, Jamaica, Liechtenstein, Madagascar, Nicaragua, Níger, Polonia, República Dominicana, Rwanda, San Kitts y Nevis, Sierra Leona, Suiza, Togo, Trinidad y Tobago, Túnez, Turquía, Zaire y Zimbawe. [21256] Ver "The World Trade Organization is Launched with 81 Members", op. cit., p. 2. [21257] Id. [21258] De hecho, la adhesión a los Acuerdos Comerciales Multilaterales se produce de manera automática. [21259] Con ello se persigue garantizar el objetivo de desarrollar un "sistema multilateral de comercio integrado" y evitar la aparición de free riders . [21261] Ver art. 8.7 del Entendimiento sobre Solución de Diferencias. [21262] Corresponde al director general nombrar el árbitro que, en su caso, haya de resolver el plazo dentro del cual la parte vencida debe cumplir las recomendaciones y resoluciones del Órgano de Solución de Diferencias (ver art. 21.3.c), nota a pie de página No. 12, del Entendimiento sobre Solución de Diferencias. [21263] Asimismo, le corresponde nombrar al árbitro que, en su caso, haya de resolver si el nivel de suspensión de concesiones u otras obligaciones propuesto por la parte vencedora en el supuesto de que la parte vencida no cumpla de manera voluntaria se ajusta a los principios establecidos en el art. 22 del Entendimiento sobre Solución de Diferencias. [21264] Ver art. 22.6 del Entendimiento sobre Solución de Diferencias. [21265] Ver GATT, "Peter Sutherland to be the first Director-General of World Trade Organization", GATT/WTO News, GW/12, 21 de Diciembre de 1994. [21266] Ver "WTO: Renato Ruggiero appointed Director- General", en European Report, 25 de marzo de 1995, No. 2.027, p. 5. [21267] Ver "WTO Nominates Committee Heads", en Int'l Trade Reporter , Vol. 12, No. 5, 1 de febrero de 1995, p. 225; GATT, GATT Press Communiqué, "Election of the Officers of the GATT 1947 Contracting Parties", GATT/1664, 1 de Febrero de 1995; "WTO/GATT: electing the presidents of the WTO bodies", en Europe , No. 6.417, 10 de febrero de 1995, p. 15. [21268] Art. IV.7. [21269] A 31 de enero de 1995, ya se había constituido un comité adicional no previsto en el Acuerdo de la OMC. [21271] Ver WTO, "Election of WTO Chairpersons", Press Release, 31 de enero de 1995. [21272] El profesor Díez de Velasco señala con acierto que "no debe confundirse el consensus en sentido de procedimiento con algo que debe estar, aunque no siempre lo está, en la base del mismo", y cita al profesor Garzón, quien denomina a esta segunda acepción consensus real. [21273] Ver Díez de Velasco, M., Instituciones de Derecho Internacional Público, tomo II, supra, p. 46. [21274] En cualquier caso, "el número de votos de las Comunidades Europeas y sus Estados miembros no excederá en ningún caso del número de los Estados miembros de las Comunidades Europeas". [21275] Ver art. IX.1, nota a pie de página No. 2 del Acuerdo de la OMC. [21276] Ver art. 2.1 de la Carta de las Naciones Unidas y la Resolución 2625 (XXV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 24 de Octubre de 1970 (Declaración sobre los Principios de Derecho Internacional referentes a las Relaciones de Amistad y a la Cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas). [21277] A pesar de que generalmente se considera que los sistemas de voto ponderado no son contrarios al principio de igualdad soberana de los Estados, parece evidente que dichos sistemas son contrarios, cuando menos, al espíritu de dicho principio. [21278] Ver art. X.6 del Acuerdo de la OMC, en relación al art. 71.2 del Acuerdo sobre los ADPIC. [21279] Ver Cardedera, op. cit., p. 16. [21281] Ver, por ejemplo, art. 1 b) del Protocolo de Accesión de España al Acuerdo General de Aranceles y Comercio, publicado en el BOE No. 24 de 28 de enero de 1964, p. 202. [21282] Ver Roessler, F., "L' Attitude des Etats-Unis et de la CEE devant le Droit du GATT", en Bourrinet, J., Les Rélations Communauté Européenne Etats-Unis , Ed. [21283] Económica, París, 1987, p. 47. [21284] Ver Cardedera, op. cit., p. 20. [21285] Una de las cuestiones que se han planteado es si tras la aceptación de esta cláusula los Estados Unidos podrán mantener la famosa Sección 301 de la Ley Arancelaria de 1974. [21286] La opinión más generalizada es que la Sección 301 no es per se contraria a las obligaciones contraídas por los Estados Unidos en los acuerdos de la Ronda Uruguay. [21287] Lo que no permiten dichos Acuerdos es que la Sección 301 se aplique de manera incompatible con las obligaciones internacionales de los Estados Unidos. [21288] Ver Alonso, infra, p. 22. [21289] Ver Jackson, John H., Restructuring the GATT System , Londres, Pinter for the Royal Institute of International Affairs, 1990, p. 93 ss. El profesor Jackson incluso llegó a sugerir un borrador de instrumento constitutivo, el cual se encuentra recogido en las páginas 95 a 100. [21291] Ver Carderera Soler, L., "La Organización Mundial del Comercio", supra, p. 12. SUMARIS AFERS INTERNACIONALS N.29.